La Convención Constitucional, órgano encargado de liderar el proceso constituyente, deberá abordar un conjunto de materias que, en su conjunto, tienen que ver con la distribución y limitación del poder en nuestro país. Uno de los temas a discutir tiene que ver con la fórmula para que la ciudadanía participe en los procesos electorales. Lo anterior, en el caso de que se decida que esta sea una materia con rango constitucional. En concreto, los convencionales deberán decidir sobre el sistema de votación más apropiado para la participación electoral, considerando que hoy existe un mecanismo de inscripción automática en los registros electorales y de voto voluntario en las distintas elecciones. Este escenario nos invita a reflexionar sobre el sistema actual y su relevancia para promover la participación ciudadana – en su dimensión electoral – en nuestra democracia.
El sistema de inscripción automática en los registros electorales y el voto voluntario es una fórmula adoptada hace poco tiempo en nuestro país. Esta modificación fue introducida, en la práctica, en las elecciones municipales del año 2012. Representó un cambio significativo respecto al modelo de participación electoral vigente durante gran parte del siglo XX. De hecho, la ley de elecciones del año 1925 estipuló, entre otras cosas, la obligatoriedad del voto1, y luego una ley del año 1962 estableció la obligatoriedad de la inscripción en los registros electorales con diferentes sanciones en caso de no cumplir con tal indicación, generando un importante aumento del padrón electoral2.
Estos hitos forman parte de transformaciones mayores tendientes a la ampliación de la participación política en el país. A la promoción de la participación electoral efectiva se añaden los cambios en las definiciones de la ciudadanía, en su dimensión legal, que implicó en la práctica incorporar a nuevos sujetos a la toma de decisiones en diferentes momentos del siglo pasado. Esto se evidenció, por ejemplo, con la concesión progresiva del derecho a voto a las mujeres, primero para las elecciones municipales en 1934 y luego para las parlamentarias y presidenciales en 1949, o con la eliminación de restricciones para participar, ya sea por la disminución de edad de 21 a 18 años y por permitirle ejercer dicho derecho a quienes no supieran leer y escribir en 1970. Ciertamente, estos avances en nuestra cultura política no representan una experiencia de progreso sostenido. En algunos momentos hubo retrocesos significativos en la participación política. Previo a la dictadura iniciada en 1973, uno de los ejemplos más evidentes de limitación a la participación ocurre cuando se dicta la Ley de Defensa Permanente de la Democracia (1948) que marginaría por diez años a los militantes comunistas del sistema político chileno.
Con la reforma al sistema de votación introducida el año 2012 se instauró la inscripción automática en los registros electorales y la voluntariedad del voto. Fue un cambio sustancial respecto a la participación electoral desde el retorno a la democracia en los años noventa. Con esta modificación, nuestro país pasaría a formar parte de la tendencia mayoritaria en esta materia a nivel internacional. De acuerdo al International Institute for Democracy and Electoral Assistance, de un total de 203 países, el 85% de ellos posee un sistema de voto voluntario y solo un 13% tiene un sistema de voto obligatorio3. En América del sur, se observa la situación inversa, ya que 5 países realizaron su más reciente elección con un sistema de voto voluntario – Chile incluido entre ellos –, y los 7 restantes con uno de voto obligatorio4.
La importancia del sistema de votación se evidencia claramente en los resultados de participación electoral en cada país. Por ejemplo, en Uruguay, con voto obligatorio, hubo una participación electoral del 90,1% en la elección parlamentaria del año 2019; en Chile, en cambio, hubo una participación del 46,5% con voto voluntario en la elección parlamentaria del 20175. Otra indicación de la relación entre el sistema de votación y la participación se observa, para el caso chileno, en las elecciones municipales. La participación ciudadana disminuyó casi en un 17% en la elección municipal de alcaldes del año 2012, en un 29% en la de 2016 y en un 7% en la de 2021 con respecto a la última elección municipal con voto obligatorio ocurrida el año 20086. Si bien se evidencia una mejoría en la participación en esta última elección, esto puede explicarse por el contexto nacional en el que se desarrolló y porque se realizó durante dos días junto a la elección de gobernadores y convencionales constituyentes. Aun así, la participación electoral sigue estando por debajo de lo observado en la última experiencia con voto obligatorio, a pesar de que ha aumentado sostenidamente el padrón electoral por efecto de la inscripción automática.
Si bien es necesario analizar múltiples variables para discutir la solidez de las democracias, la participación electoral debe ser un elemento a considerar para pensar en fortalecer el rol de las instituciones, mejorar la relación entre representantes y representados, y otorgarle mayor legitimidad al sistema político en su conjunto. De hecho, durante el año 2020, resurgió en el debate público la posibilidad de restaurar el voto obligatorio en el país, principalmente como una manera de responder a las movilizaciones sociales generadas desde octubre del año 2019. En ese momento, diversos miembros del parlamento indicaron la importancia que pudiese tener este mecanismo para canalizar las inquietudes y demandas expresadas por la ciudadanía. Se le concebía como una alternativa que permitiría recuperar el vínculo entre la ciudadanía y sus representantes7.
En tal sentido, el proceso constituyente ofrece, sin duda, el espacio propicio para reflexionar sobre esta dimensión de la participación política. Resulta indispensable evaluar el impacto que ha tenido el voto voluntario en el país y discutir si su obligatoriedad permitiría revertir el desinterés de parte importante de la ciudadanía en la definición de sus autoridades a nivel local y nacional. Si bien esta discusión referirá esencialmente a una cuestión normativa, también representa una oportunidad para evaluar la importancia de otras instancias en la promoción de la participación. Por ejemplo, mediante el desarrollo de una educación para la ciudadanía en todos los niveles de formación, o bien mediante el fortalecimiento de la organización de la sociedad civil y de la generación de espacios que permitan efectivamente su expresión. Con todo, la discusión sobre el sistema de votación – obligatorio o voluntario – nos lleva a plantearnos la interrogante sobre cómo podemos revitalizar un aspecto fundamental de nuestra democracia.
1 Decreto Ley 542, Ley de Elecciones, 1925, https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=6173.
2 Ricardo Cruz-Coke, Historia Electoral de Chile, 1925-1973 (Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 1983), p. 25, 37; Ley 14.853, Ley General sobre Inscripciones Electorales, 1962, https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=27931&idParte=. Véase también: Ley 14.852, Ley General de Elecciones, 1962, https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=27930.
3 La información disponible de un total de 203 países indica que 172 de ellos tienen un sistema de voto voluntario (85% del total), 27 uno de voto obligatorio (13% del total) y 4 no realizan elecciones (2% del total). Para más detalle, véase: https://www.idea.int/data-tools/data/voter-turnout/compulsory-voting.
4 Para más detalle, véase: https://www.idea.int/data-tools/region-view/19/40.
5 Ibíd.
6 Véase los resultados en: https://historico.servel.cl/; https://www.servelelecciones.cl/. Véase también: Diagnóstico sobre la Participación Electoral en Chile, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), octubre 2017, p. 16
7 Véase: https://www.camara.cl/prensa/sala_de_prensa_detalle.aspx?prmid=138349; https://www.senado.cl/reponer-el-voto-obligatorio-debaten-posibilidad-de-incorporar-sanciones/senado/2020-03-09/172713.html