Proceso Constituyente: Expectativas Y Realidad

l

Escrito por Alan Bronfman Vargas

Publicado en 8 abril, 2021

Predecir es una tarea difícil para lo cual se requiere el dominio de una ciencia o poderes sobrenaturales. Dado que no hay ciencia pertinente y que carezco de poderes sobrenaturales, sólo puedo utilizar las herramientas tradicionales del oficio académico para ordenar y comentar las expectativas que el proceso constituyente ha generado.

La primera afirmación es forzosa: el contenido de la nueva constitución depende del resultado de la elección de convencionales y, en particular, de la ulterior conformación de los bloques políticos que negociarán los contenidos del texto. En una asamblea integrada por 155 convencionales triunfará siempre el voto organizado y éste provendrá de la negociación de las fuerzas políticas que puedan formar el quórum exigido para la aprobación de normas. Ni las ideas (buenas, malas, brillantes u obscuras) ni los compromisos electorales darán a luz el nuevo texto constitucional: lo que primará será el consenso entre los intereses políticos más fuertes de la Convención. En este sentido, el quórum de los dos tercios fijado como base para el reglamento interno de la Convención, establece un mínimo consenso para generar acuerdos que tengan legitimidad representativa. En términos prácticos, esta exigencia de quórum podría incidir en la aprobación de un texto más conciso que genere consenso por la simple posibilidad de construir interpretaciones distintas sobre el.

Lo segunda afirmación introductoria es que el punto de partida para elaborar una nueva constitución es malo. Como tantas campañas políticas (y comerciales…) el mensaje se centra en “lo nuevo” como respuesta a un conjunto de problemas y demandas sociales, económicas, políticas y culturales, sin asumir la complejidad y persistencia de tales problemas y demandas. Por su parte, la ciudadanía ha adherido, como no, a esta propuesta, en el entendido que la “nueva” constitución responderá a los problemas que la aquejan. Lo malo, creemos, es que lo “nuevo” no es una propuesta realista en este contexto, en especial, cuando no se avanza en la construcción de un diagnóstico compartido sobre las causas de tantos problemas y su relación con la regulación constitucional. 

Los tres puntos de vista que utilizaré en este análisis de expectativas y realidad son el jurídico, el político y el ideológico.

En lo jurídico, la Constitución es un cuerpo normativo que, como cualquier cuerpo normativo, admite revisión y perfeccionamiento. Para revisarlo, eso sí, se necesitan unas pocas ideas claras. Al respecto, el debate visible demuestra una gran confusión. Hay quienes piensan que es el momento de introducir una gran reforma constitucional para favorecer a los ferrocarriles estatales… Lo cierto es que la Constitución es un instrumento diseñado para limitar el poder político y asegurar la libertad de los ciudadanos y sólo para eso sirve bien. Por supuesto que se pueden incluir en sus normas disposiciones sobre cualquier tema, las que pueden valer como testimonio, símbolo o expresión de anhelos, pero no como respuesta eficaz a todo tipo de ambiciones sociales.

En lo jurídico, observo, no existe mínimo consenso acerca del resultado buscado. Este consenso, que requiere de un punto de apoyo, esto es, un diagnóstico general acerca de aquello que está funcionando mal y al menos un esbozo del camino para enfrentar ese mal funcionamiento. Ese diagnóstico jurídico no existe. Por supuesto que la doctrina más ilustrada tiene críticas a distintas normas de la Constitución y que estas críticas constituyen una base desde la cual sí se puede pensar en una mejora racional de lo existente. Lo que no existe es un diagnóstico jurídico general, con buen cimiento disciplinar, que sustente los cambios que plantean los candidatos a la Convención: democratizar el Banco Central, abolir el Tribunal Constitucional, establecer un parlamentarismo o semipresidencialismo, entre otras propuestas. No se han debatido, en trabajos serios argumentos que fundamenten la revolución constitucional que proponen algunos. 

Mi balance, desde las expectativas jurídicas, sería bueno si los convencionales electos, reconociendo la función de la Constitución en el sistema político, recogiesen las críticas y análisis acumulados en treinta años de vigencia plena y los utilizasen como insumo para mejorarla. Sin embargo, esta posibilidad es sólo wishful thinking. La fuerza que mueve el proceso constituyente es elaborar una nueva constitución y podemos suponer que los miembros de la Convención asumirán que esa es su tarea y no construir una reforma razonable.

En lo político, a diferencia de lo jurídico, sí existe un diagnóstico general. Este es que los problemas que la sociedad juzga como más importantes provienen, precisamente, de la Constitución. Esta idea política es antigua y recuerdo aquí que una nueva constitución fue una de promesas de la campaña presidencial del año 2013. 

No comparto este diagnóstico. Sin embargo, la cuestión requiere de una detallada confrontación entre Constitución y realidad que no es posible realizar en estas breves líneas. De todos modos invito a reflexionar acerca de lo pertinente que puede ser atribuir a la Constitución la imposibilidad para enfrentar problemas como el bajo nivel de la educación secundaria estatal, la extendida percepción de inseguridad e impunidad, las pensiones bajas para los sectores más vulnerables de la sociedad, los abusos financieros y la colusión, entre otros males. Esta tesis, sospechosamente conveniente para diputados, senadores, presidentes (y para todos quienes sirvieron estos cargos desde 1990), nos anuncia que después de treinta años, por fin, será posible responder a estos problemas.  

Una ventaja de este diagnóstico político es que evita la incómoda mirada sobre un sistema político incapaz de proponer soluciones y sobre un estado que no actúa o lo hace mal, y la dirige hacia los sectores que, amparados en la libertad económica, han bloqueado el actuar público. Los consejos de Maquiavelo puestos en práctica una vez más. Aunque es evidente que abusos han existido en el mercado a vista y paciencia de los órganos estatales competentes para evitarlos, es también evidente la ausencia de un vínculo entre este actuar, los problemas que los chilenos consideran prioritarios y la Constitución. 

La eliminación o disminución de las garantías de la libertad y la creación de nuevas potestades estatales, sólo asegura que los gobernantes tendrán más poder político. No asegura nada más que eso. Los problemas sociales, que se incuban y desarrollan por décadas, extensos y profundos, seguirán donde mismo, sin perjuicio de la satisfacción que puede provocar en algunos sectores de la sociedad que ellos lleguen a afectar por igual a todos. Es claro que el discurso de la desigualdad, lamentablemente, no tiene siempre el propósito de mejorar a quienes menos tienen, sino más bien el de empeorar la situación de los que más poseen. 

En fin, en este contexto, la expectativa más saludable es que a la Convención constitucional accedan personas con sentido común, capaces de analizar lo correcto e incorrecto de dicho diagnóstico. Por otro lado, puede temerse que la primacía de los partidos políticos en la Convención sólo propicie ratificarlo a cualquier costo.  

El último punto de vista es el ideológico. Este se encuentra detrás de gran parte de las simplificaciones que gravan el proceso constituyente en curso. Se trata de un discurso sencillo y fuerte en todo tipo de medios y discusiones virtuales. Un solo mal y una solución: el neoliberalismo, el lucro, el machismo, el abuso del medio ambiente, el robo del agua, la concentración de la riqueza y tantos otros (que ganan adeptos con rapidez) y que se resuelven rápido con una nueva constitución. 

Este tipo de mirada política apela al sentimiento y a la pasión, y no a la razón. Coincide y se potencia con fenómenos culturales y económicos que son hijos de la misma libertad que han creado las instituciones liberales. El diagnóstico ideológico, por su naturaleza, es difícil de compatibilizar con cualquier proyecto de nueva constitución. Todo texto será siempre insuficiente en tanto transacción que mantiene el mal que se quiere erradicar, a menos que satisfaga de un modo apolítico las demandas de la ideología. Es probable que la ideología promueva actos de fuerza, llenos de pasión y sentimiento, para incidir en el debate público del texto constitucional. Es probable, también, que numerosas voces virtuales, atomizadas en las redes, estén del lado de la ideología y no del debate racional. Todo ello aumentará la dificultad de una ya ardua negociación. Aun cuando alguno de los problemas que identifican las ideologías tengan existencia real, la mirada política exige intentar resolverlos en armonía con el conjunto de males sociales y no sólo desde la tentación maniqueísta de subordinar el nuevo texto constitucional a un objetivo ideológico. Mi expectativa optimista es que esta mirada ideológica no alcanzará los dos tercios de los integrantes de la Convención y, por lo mismo, no será dominante en la elaboración de la nueva constitución. Es de esperar que tampoco domine las discusiones y decisiones en los tópicos centrales para la construcción de nuestra futura convivencia democrática.

Autor

  • Alan Bronfman Vargas

    Profesor de Derecho constitucional y Derecho parlamentario, Departamento de Derecho público. Abogado, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Chile. Doctor en Derecho, Universidad de Santiago de Compostela, España.

Publicaciones Relacionadas